POSICIONAMIENTO RESPECTO A LA ACTUALIZACIÓN DE LA NOM-001, REFERENTE A LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES

1 de septiembre de 2021

Los prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento del país (PSAPyS),
agrupados en la ANEAS, tienen como obligación brindar uno de los servicios esenciales
para la vida, a pesar del modelo de gestión del agua en México que no ha podido
garantizar estos derechos humanos establecidos en la Constitución, y a pesar del
actual entorno de restricción presupuestal, ingresos insuficientes y aumento de costos
que padece este subsector, siempre se ha buscado cumplir con normas vigentes
aplicables, como son las relativas al saneamiento de las aguas residuales que se vierten
a los cuerpos receptores, importantes para mitigar las afectaciones que tiene para la
salud y la sustentabilidad ambiental de nuestro territorio.

La ANEAS está y siempre estará a favor del establecimiento de normas que se
encaminen a mejorar la calidad de vida de los mexicanos. Sin embargo, la actualización
de la NOM-001-SEMARNAT aplicable a los límites permisibles de contaminantes en las
descargas de aguas residuales, establece parámetros que bajo la situación actual de
los PSAPyS no se está en posibilidades de cumplir, la actualización requiere adecuación
y/o reingeniería, rehabilitación, operación y mantenimiento de las 3,960 Plantas de
Tratamiento (PTAR´s) existentes en el país, para lo cual se requiere un monto que supera
los 700 mil millones de pesos.

La responsabilidad, de acuerdo al Art 115º de la Constitución, recae sobre los municipios,
que son el orden de gobierno más vulnerable en sus capacidades institucionales y
económicas. Esta actualización de la Norma no es actualmente viable en su aplicación,
y lo que sí incrementará serán las multas por incumplimiento, lo que ocasionará
erogaciones que pondrán aún en mayor riesgo la operación de las PTAR´s existentes
y por tanto el riesgo de contaminación que afectaría a la población. Es importante
señalar que no es posible trasladar el impacto económico a la población, pues resultaría
obligado incrementar las tarifas que los mexicanos cubren por recibir los servicios
relacionados con el agua.

Cabe mencionar también que como sujetos obligados no fuimos consultados, a pesar de
múltiples solicitudes hechas a la autoridad correspondiente para la discusión y análisis
de dicha actualización, por todo lo anterior, solicitamos que la NOM-001 sea revisada
en conjunto con los sujetos obligados (PSAPyS) y/o, en su caso, no sea publicada en
el Diario Oficial de la Federación (DOF), hasta no contar con un programa nacional
integral (tres órdenes de gobierno) que haga viable su cumplimiento.

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